08 febrero, 2014

INFORME SOBRE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS EN ALISTE (PARQUE DE BOMBEROS DE SAN VITERO)



INFORME SOBRE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE 
INCENDIOS EN ALISTE (PARQUE DE BOMBEROS DE SAN VITERO) 

Lo primero que conviene aclarar en relación a este asunto es el hecho de que el parque 
de bomberos de San Vitero no pertenece al Consorcio Provincial de Bomberos 
(institución pública de la que forman parte la Diputación y la mayoría de los 
ayuntamientos de la provincia), sino a la Mancomunidad Tierras de Aliste. 
Lo que existe es una relación contractual (un convenio) entre la Mancomunidad y el 
Consorcio, para el mantenimiento del parque. Pero en todo caso la responsabilidad 
última recae en la Mancomunidad, en definitiva, en los ayuntamientos de la comarca. 
Como se ve en el siguiente mapa, las zonas de actuación dentro de la provincia están 
repartidas según el parque de que se trate. Por lo que respecta a Aliste, si hay una 
emergencia, el primer aviso llega al parque de San Vitero, y son sus bomberos 
voluntarios quienes se dirigen al lugar del suceso y actúan, y no los profesionales más 
cercanos, en este caso los del parque de bomberos de Rionegro del Puente (o, en 
algunas localidades, el de Bermillo de Sayago). 



Sin embargo, según la legislación (ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección 
Ciudadana de Castilla y León, concretamente su artículo 38), los “voluntarios para la 
extinción de incendios” (en los que podemos incluir a los bomberos voluntarios de San 
Vitero), únicamente pueden realizar “tareas de colaboración dentro del ámbito 
competencial del servicio de prevención, extinción de incendios y salvamento” y 
además éstas tareas “se llevarán a cabo bajo la dirección, la organización y el control 
de dicho servicio”. Ese “servicio de prevención…” se define en el mismo artículo como 
un servicio profesional, y en este caso correspondería a los bomberos de Rionegro (o 
Bermillo). El Incumplimiento de la ley en la práctica es, por tanto, doble, ya que son los 
bomberos voluntarios quienes realizan el servicio, y además sin la supervisión de los 
profesionales. 

De hecho, se incumple incluso la propia ley de voluntariado de Castilla y León, ya que 
los bomberos voluntarios de San Vitero no aparecen registrados en el correspondiente 
registro, como se puede comprobar en la página web de la Junta de Castilla y León. 
Por otra parte, en caso de que uno de los bomberos voluntarios sufriera un accidente 
realizando labores de extinción o salvamento no está muy claro quién se 
responsabilizaría de ello, pues a día de hoy no existe un seguro que los cubra. De 
hecho, ni los bomberos profesionales tienen seguro de vida, solo un seguro de 
responsabilidad civil y el amparo de la seguridad social, cosa que no ocurre en los 
voluntarios de Aliste, ya que no están dados de alta en la Seguridad Social. 
Otro procedimiento fuera de la ley consiste en la firma de convenios de colaboración 
entre la mancomunidad (auspiciada por el consorcio provincial) y las instituciones 
portuguesas para que sus bomberos puedan actuar también a este lado de la frontera, 
cuando quienes deberían intervenir según la ley, como se ha dicho, son los 
profesionales. Se da el caso de intervenciones en que se avisa desde San Vitero a los 
bomberos portugueses, cuando los de Rionegro están más cerca. De hecho, nunca se 
pida el apoyo de los bomberos profesionales desde San Vitero. 

Por otra parte, desde hace tiempo, justo desde el momento en que se desmanteló el 
parque profesional de San Vitero (año 2010), el sindicato UGT ha denunciado estos 
hechos, lo que ha provocado la respuesta pública de la Mancomunidad Tierras de 
Aliste. El sindicato reclama que se cree un parque profesional en la zona, mientras 
desde la mancomunidad se asegura que eso no es posible porque no hay presupuesto 
para ello (a pesar de no ser esta entidad la que lo financiaría). 
Respecto al carácter “voluntario” de estos bomberos, la ley de voluntariado de Castilla 
y león (Ley 8/2006, de 10 de octubre de 2006) dice que no habrá ningún tipo de 
retribución por la prestación como voluntario de estos servicios. Lo que está 
contemplado, siempre que se posean fondos, es que por servicios de ocho horas se 
haga una prestación por kilometraje y manutención alimentaria, si la situación del voluntario así lo requiriese.

Los voluntarios de San Vitero, sin embargo, cobran, 


según hemos podido saber, treinta euros al mes como concepto fijo, más diez euros por cada 
hora de servicio si hay una intervención, mientras los bomberos profesionales que 
coordinan a los voluntarios del parque cobran por ello (aparte del trabajo que realizan 
en sus respectivos parques) un mínimo de trescientos euros fijos al mes, más otras 
cantidades, según parece no justificadas por el consorcio. Así, según la UGT, estos 
bomberos profesionales incurren en una falta muy grave según la ley de 
incompatibilidad de la función pública, lo cual ha sido denunciado ante el Consorcio, y 
ante el contencioso-administrativo, pero hasta la fecha parece que no ha recibido 
respuesta por parte de unos ni de otros.